A pesar de que el pasado julio la reforma europea propuesta sobre la legislación de los derechos de autor fue rechazada, este septiembre volvió a ser debatida en el Parlamento Europeo. Muy tristemente, en esta ocasión sí que ha sido aprobada y avanza un paso más para iniciar una negociación con el Consejo de la UE y la Comisión Europea que lleve a la renovación del texto actual, vigente desde 2001.
¿Por qué genera tanta controversia esta reforma?
Principalmente, dos artículos -el 11 y el 13-, son sobre los que se han desarrollado las acaloradas discusiones:
- El artículo 11 amplía los derechos para los medios de comunicación y reduce los de los “agregadores de noticias”, en general, con el objetivo de que los primeros puedan controlar y limitar la aparición de extractos en los segundos, llegando a poder solicitar un pago por ello si así lo desean.
- El artículo 13 pretende que los portales que alojan y distribuyen contenidos generados por los usuarios sean responsables de que los contenidos alojados (y subidos por terceros) no infrinjan ningún derecho de autor. Todo redactado de manera bastante ambigua.
¿Por qué es una mala noticia?
El desarrollo de una legislación muy similar en España al artículo 11 ya provocó hace algunos años el cierre de, por ejemplo, Google News debido a lo conocido como “tasa Google” o “canon AEDE”. Los medios querían cobrar a Google por publicar pequeños extractos de sus noticias con su enlace correspondiente. El buscador, por supuesto, indicó que cerraba esa sección y a otra cosa. Todo un sinsentido que, por otra parte, fue anulado en 2018 por el Tribunal Supremo por defectos de forma.
Leyes de este tipo pretenden que páginas que enlazan y que generan tráfico a los medios paguen cantidades altamente ridículas por hacer uso de esos pequeños textos que ilustran el destino de los enlaces. Y, como sucedió con Google News, llevarían al cierre a sitios como Reddit, Digg, Menéame y otros muchos “agregadores”, no a un hipotético pago. Al fin de un internet basada en los enlaces.
Por otra parte, el artículo 13 responsabiliza a los canales de las acciones de los individuos si éstos publican contenidos con derechos de autor. Haciendo un burdo símil, sería responsabilizar de un asesinato al fabricante del cuchillo que utilizó el homicida.
¿Por qué te afecta a ti y a tu oficina?
Si esta reforma sigue adelante, Internet deja de existir tal y como la conocíamos hasta ahora. Las posibilidades de utilización de la red se ven extremadamente menguadas. Hasta Google debería cambiar su funcionamiento (resultados mostrados) y caminaríamos hacia una red mucho menos conectada y estanca.
Portales como los mencionados arriba podrían desaparecer (y seguramente lo harían, al no poder pagar a todos los medios) y todos los canales sociales o cualquier plataforma en la que los usuarios creen contenidos serían prácticamente erradicados.
Repositorios institucionales universitarios, plataformas de vídeo propias… cualquier espacio en el que usuarios de la comunidad universitaria dejaran contenidos creados debería de ser sistemáticamente revisada y censurada a riesgo de incurrir en cuantiosas multas.
Podría, por citar un último ejemplo ridículo, darse el caso paradójico en el que desde un área de comunicación universitaria se enviara una nota de prensa a los medios, fuera publicada y, posteriormente, si la universidad realiza un press clipping público en el que enlaza estos contenidos, ser obligada a pagar por incluir estos contenidos.
En principio, cabe aclarar, quedarían fuera publicaciones y contenidos que tengan un carácter científico o educativo, por lo que las universidades tendríamos algunos “derechos” adicionales. Sin embargo, ya lo dijo Martin Niemöller:
primero, vinieron…